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Septiembre mes del testamento

Orden Legal

 

Por: Armando Lares.

 

El Testamento es un acto jurídico solemne, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte y solo pueden celebrarse ante la fe de un notario público, aunque no siempre ha sido así, puesto que en su momento la legislación local contempló los testamentos ológrafos, que eran realizados ante la presencia de dos testigos y depositados en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como los testamentos públicos cerrados, privados, militares o marítimos los cuales desde el año 2015, fueron derogados del código de procedimientos civiles para el Estado de Baja California. 

 

Al hablar del testamento, estamos hablando de una de las instituciones más importantes del derecho y tiene sus orígenes en la antigua Roma, donde en su época Modestino, uno de los más grandes juristas del Derecho Romano definió el testamento como; “La manifestación legítima de nuestra voluntad, hecha con la forma y solemnidad debida, para que surta efecto después de nuestra muerte”, desde entonces se proyectaba que este acto debía tener como esencia una formalidad, para que fuese válido.

 

Por su parte, Ulpiano, lo definió como: “La justa expresión de nuestra voluntad, respecto a lo que cada cual quiere que se haga después de su muerte”, ambos pensamientos consideraban a la voluntad de la persona como un mandato obligatorio post mortem, pero para esto debió cumplir con ciertas formalidades para darle plena validez jurídica.

 

En ese orden de ideas podemos entender que el testamento es el acto mediante el cual, una persona puede disponer después de su muerte, del patrimonio logrado en vida, de tal suerte que llegado el momento, la distribución de los bienes se hará respetando la voluntad del testador y sin necesidad de juicios tardíos, costosos y muchas veces dolorosos.

 

Por ello, es de suma importancia que se fomente la cultura testamentaria, para que cada vez sea más común que las personas tengan orden legal en su patrimonio, aún después de su muerte,  además de que al dejar testamento y este sea legítimo, los herederos podrán disponer en menor tiempo de los bienes, caso contrario cuando por la ausencia de testamento o debido a la impugnación del mismo, la repartición de los bienes se haga conforme a lo establecido en la normatividad y no conforme a la última voluntad de las personas.

 

Derivado, en nuestro país, la Secretaría de Gobernación, en el año 2003, hizo un llamado al notariado mexicano, para sumarse a una campaña de promoción y difusión del otorgamiento de testamento, siendo este el antecedente que se tiene del origen del mes del testamento, el cual celebramos en este mes de septiembre, donde las notarías públicas, ofertan descuentos y ofrecen asesorías gratuitas a quienes deseen realizar su testamento.

 

El testamento público abierto, es un medio eficaz, confiable y seguro, que tiene como características principales el ser personal y unilateral, esto debido a que la voluntad debe ser manifestada personalmente por el testador, con exclusión de cualquier intermediario o representante, o mejor dicho, nadie puede hacerlo por ti o a tu nombre, además es revocable por que cada que así lo desees puedes modificarlo y libre porque nadie puede obligarte a hacerlo.

 

De esta forma, podemos entender que el otorgar un testamento, es un acto jurídico, de voluntad, de bondad, pero sobre todo de amor y tranquilidad para tus seres queridos, porque al hacerlo, pueden evitarse un sin número de situaciones que desgastan a las familias y que saturan los juzgados civiles, con juicios que en muchas ocasiones se vuelven contenciosos y que pudieron evitarse, con un testamento debidamente otorgado.